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Agencia Española de Protección de Datos, Premio QIA 2023 España en la categoría Innovación en el sector público
TÍTULO DE LA INNOVACIÓN
Iniciativas prácticas para proteger a los menores en internet con entornos saludables, positivos y seguros
DESCRIPCIÓN CORTA DE LA INNOVACIÓN
Diseño e implantación de un modelo que tiene entre sus objetivos prioritarios proteger a las personas en Internet, en especial a los colectivos más vulnerables, a través de la protección de su privacidad y sus datos personales.
DESCRIPCIÓN DE LA INNOVACIÓN
Innovación: En la Agencia se trabaja en numerosas iniciativas desde varios planos para fomentar la protección de los menores en Internet, ofreciendo ayuda directa para conseguir la retirada urgente de contenido sexual o violento publicado en Internet sin consentimiento (Canal prioritario ANEXO I), difundiendo materiales y pautas educativas de utilidad tanto para los menores como para sus padres y madres (ANEXO 3) y colaborando con distintos organismos públicos y privados para lanzar políticas públicas dirigidas a prevenir y detectar adicciones tecnológicas que, además de a los propios menores, afectan también a sus familias (ANEXO 5). La AEPD es la única autoridad europea de protección de datos que ofrece este servicio pionero para mitigar la violencia digital.
Punto de partida: Numerosos estudios, como el de UNICEF ‘Impacto de la tecnología en la adolescencia’, recoge que el 98,5 % de los adolescentes está registrado en más de una red social. La edad media del primer móvil es a los 10,96 años, un tercio usa Internet más de 5 horas a diario, porcentaje que asciende a la mitad los fines de semana, 6 de cada 10 adolescentes duermen con el móvil y 1 de cada 5 se conecta por la noche.
Además, el acceso de menores de edad a contenidos online inapropiados y para adultos, en especial a la pornografía, se está produciendo a edades muy tempranas y algunos informes cifran su umbral en los 8 años. Este acceso da lugar a riesgos de acoso escolar, sexting, depresión y genera importantes desórdenes en la concepción de las relaciones sexuales y el rol de la mujer.
Trabajo realizado:
La AEPD, consciente de los perjuicios que para el desarrollo y la integridad de los menores, ha impulsado, mediante la constitución y coordinación de grupos de trabajo, dos iniciativas dirigidas a la protección de los menores. Por una parte, frente a contenidos online para adultos, en particular la pornografía, a la que diversos estudios indican que se accede desde los 8 años, en la que se trabaja para determinar la edad de aquellos que acceden a contenidos online dirigidos a los adultos. En este grupo de trabajo participan la S. G. De Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual y la S. G. de Administración Digital del Ministerio de Economía y Transformación Digital, la S. de E. de Seguridad del Ministerio del Interior, el CCN, la CNMC y la FNMT. Actualmente, se está trabajando para disponer a corto plazo de un sistema respetuoso con la normativa de protección de datos personales que permita determinar la edad de quienes acceden a contenidos online para adultos dentro del marco de la Cartera Digital.
La segunda iniciativa está referida a detectar y evitar el uso problemático de las TIC por los menores, o conductas adictivas que llegan a generar graves consecuencias para los menores y su entorno familiar y social. La Agencia ha trabajado con UNICEF en la campaña de difusión ‘Más que un móvil’, que incluye el decálogo ‘La guía que no viene con el móvil’ (ANEXO 3) con pautas y recomendaciones para fomentar el diálogo y que las familias participen activamente en la educación de sus hijos e hijas, transmitiendo valores e información suficiente para garantizar tanto un uso responsable del teléfono móvil (ANEXO 4) como los derechos de los niños y las niñas también en el entorno digital. Se trata de una iniciativa que ha contado con el apoyo de las principales operadoras de telefonía del país y los grupos de comunicación Fundación Atresmedia, Mediaset España y RTVE, además de JC Decaux, Metro de Madrid y EMT Madrid, que la han difundido de forma gratuita a través de sus respectivos canales para que todas las familias tengan acceso a unos consejos básicos sobre cómo pueden preparar a sus hijos e hijas para el acceso a estas tecnologías.
Por otro lado, para detectar y evitar el uso problemático de las TIC por los menores la Agencia ha coordinado un grupo de trabajo compuesto por la D. G. para el Plan Nacional sobre Drogas y la D. G. de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, el INCIBE, el INTEF del Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado, el Consejo General de la Psicología, el Consejo de Colegios Oficiales de Médicos y las Asociaciones Españolas de Pediaría y Psiquiatría. El objetivo es dotar a las familias y a la comunidad educativa de herramientas que permitan detectar estas conductas adictivas en los menores y facilitar pautas de actuación ante ellas que permitan evitar y minimizar las consecuencias personales, familiares, educativas y sociales. En este sentido la Agencia apoya el Plan Digital Familiar de la Asociación Española de Pediatría, para el que ha proporcionado materiales que han sido incorporados al Plan y se contribuirá a su difusión en el ámbito familiar y educativo.
En cuanto a la ayuda directa a los menores y sus familias, hay que destacar el Canal prioritario: Creado por la Agencia en 2019, es una iniciativa pionera a nivel mundial que permite solicitar la retirada urgente de contenidos sexuales o violentos publicados en internet sin el consentimiento de las personas que aparecen ellos, algo especialmente sensible en el caso de menores de edad. Así, se establece una vía en la que las reclamaciones recibidas son analizadas de forma prioritaria, permitiendo que la Agencia, como autoridad independiente, pueda adoptar medidas urgentes para evitar que esos contenidos continúen publicados online. Adicionalmente, a efectos de facilitar la comunicación de este tipo de casos a los menores de edad, se han flexibilizado los requisitos de sus comunicaciones, facilitando un medio de contacto basado en un formulario abierto, sin necesidad de presentar certificado digital (ANEXO 1).
INNOVACIÓN
La imagen es un dato personal y, por tanto, la difusión de fotografías y vídeos debe hacerse de manera lícita. Sin embargo, en la práctica se ha comprobado que la proliferación de dispositivos móviles y el acceso generalizado a Internet están propiciando la difusión, en muchas ocasiones de manera ilegítima e incontrolada, de datos personales a través de perfiles en redes sociales y otros sitios web, algo especialmente preocupante en el caso de menores de edad.
Es cada vez más frecuente que se publiquen en Internet o se difundan a través de las redes sociales imágenes o vídeos de menores de edad y de otros colectivos vulnerables. En la actualidad, la grabación y difusión de imágenes personales es uno de los instrumentos más utilizados en los casos de acoso escolar -bullying y su versión a través de internet, cyberbullying- y de acoso sexual a menores -grooming o sexting-. En último término, toda persona de cualquier edad puede llegar a verse afectada por este tipo de situaciones.
Durante el año 2022 la Agencia ha realizado 51 intervenciones a través del Canal prioritario de urgencia después de determinar la naturaleza especialmente sensible de los datos personales divulgados y la afectación grave a la intimidad de las personas, consiguiendo la retirada de los contenidos sensibles con inmediatez. La retirada de estos contenidos supone una gran ayuda para las personas afectadas y es uno de los principios en los que se basa la responsabilidad social de la Agencia: proteger a las personas en Internet y, especialmente, a los más vulnerables.
EVALUACIÓN DE UTILIDAD
En el caso concreto de la innovación del Canal prioritario, está sistematizada y forma parte de las actuaciones troncales del organismo. Tras el análisis de la denuncia presentada en el Canal prioritario (que puede ser realizada tanto por la víctima como por un tercero), la Agencia puede determinar la adopción de medidas cautelares para evitar la continuidad del tratamiento ilegítimo de los datos personales en casos particularmente graves. Se analiza la reclamación de forma prioritaria y, en su caso, se ordena la retirada del contenido al prestador del servicio o plataforma donde se esté difundiendo. Además, si hay indicios de delito, se pone en conocimiento de la Fiscalía. Si procede, la investigación continuará para tramitar un procedimiento sancionador contra las personas responsables de la difusión. En la actualidad, el porcentaje de efectividad en la retirada de los contenidos se sitúa en el 90% tras el envío de la medida cautelar a las páginas web que albergan esos contenidos.
Se solicita a la persona denunciante que describa las circunstancias en que se ha producido la publicación no consentida de los contenidos, indicando en particular si pertenece a un colectivo especialmente vulnerable (mujeres, como menores de edad, personas con discapacidad o enfermedad grave o en riesgo de exclusión social u otros). Si el contenido está siendo difundido a través de Internet, se pide la dirección o direcciones web donde está publicado. Se pueden adjuntar los documentos relevantes para la tramitación de la reclamación, particularmente una copia de la pantalla o del dispositivo donde pueda apreciarse claramente el servicio (la red social, el portal de vídeo o de blogs…) a través del cual se están difundiendo las imágenes.
Algunos ejemplos concretos de casos recibidos en el Canal prioritario y en los que la Agencia ha logrado la retirada de los contenidos: Un alumno graba con su teléfono móvil en el patio del instituto cómo un grupo se burla e insulta a una compañera, haciendo referencias a su vida sexual, subiendo el contenido grabado a una red social para humillarla ante todo el instituto; Un grupo de alumnos de un colegio agrede a un menor discapacitado y uno de ellos graba la agresión y la publica en internet. Las imágenes son replicadas por otro alumno en el muro de un perfil creado en una red social.
APRENDIZAJE
En situaciones excepcionalmente delicadas, cuando las imágenes incluyan contenido sexual o muestren actos de violencia, poniendo en alto riesgo los derechos y libertades de los afectados, y en especial a los menores, los canales ofrecidos por los prestadores de servicios online para solicitar la retirada de contenidos pueden no resultar lo suficientemente eficaces y rápidos para evitar la difusión continuada de las imágenes. La Agencia, como autoridad independiente, ha decidido priorizar este tipo de casos para adoptar medidas urgentes para limitar la difusión y el acceso a los datos personales, haciendo uso de las medidas cautelares potestativas previstas en la ley española de protección de datos. Esta actuación, además, es independiente de la denuncia que pueda plantearse ante otras instancias judiciales y/o administrativas, ya que el objetivo que tiene la Agencia con esta retirada urgente es minimizar y atajar de forma rápida el daño irreparable que puede producirse con la propagación de ese tipo de contenidos.
En lo referente a hacer extensiva esta iniciativa a otros países, este instrumento de lucha contra la violencia digital ha sido acogido en Iberoamérica a través del proyecto sobre “Fortalecimiento de la estrategia de lucha contra la violencia de género en relación con las niñas, adolescentes y mujeres en internet”, financiado por el programa de la Unión Europea EurosociAL+, en su línea de género e igualdad. Además, la Agencia, como secretaría permanente de la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD), también ha ofrecido este instrumento como modelo a los países de Latinoamérica. La RIPD, en su ‘Declaración contra la Violencia Digital en mujeres y niñas’ ha realizado un llamamiento a las legislaciones nacionales y las organizaciones implicadas para que apliquen un enfoque integral -preventivo y reactivo-, a fin de contar con los correspondientes canales de denuncia para mitigar los efectos de la violencia digital, algo que en España se materializa en el Canal prioritario.
CALIDAD
La AEPD es la única autoridad europea de protección de datos que ofrece este servicio pionero para combatir la llamada violencia digital, que afecta especialmente a las mujeres y a los jóvenes en el entorno escolar (ANEXO 2). En ocasiones, las nuevas tecnologías se emplean para controlar, acosar, humillar, extorsionar o atemorizar, en parte por la velocidad de difusión de información e imágenes, la facilidad de acceso a las mismas a través de los motores de búsqueda y las dificultades para eliminarlas de internet. La violencia ha pasado de ser física o psicológica a incluir el ciberacoso y la vulneración de la privacidad de las víctimas con acciones como la grabación y distribución de imágenes con contenido sensible en las redes sociales. A pesar de que las principales redes sociales disponen de canales para solicitar la retirada de contenidos, en ocasiones pueden no actuar de una manera lo suficientemente rápida y eficaz, lo que multiplica el daño a las personas cuyas imágenes, vídeos o datos personales, en esencia, se están difundiendo. La misma situación puede producirse cuando la persona acude a instancias judiciales. A ello se suma que, en otros casos, esa publicación se produce en foros, blogs u otro tipo de páginas web.
Por ello la Agencia decidió establecer el Canal prioritario para la retirada urgente de contenido sexual o violento publicado en Internet sin permiso, porque se hacía imprescindible que la ciudadanía tuviera una herramienta que impulsase una reacción inmediata y que les permitiera de forma gratuita y urgente solicitar la retirada de esos contenidos de diversas páginas publicadas en Internet.
AUTOEVALUACIÓN DE EFECTIVIDAD
La construcción de una sociedad tecnológica sostenible a largo plazo exige sin duda dar soluciones preventivas, que permitan fomentar su desarrollo e impulsar el respeto a los derechos y libertades de los ciudadanos. El Canal prioritario está integrado en las iniciativas de Responsabilidad Social de la Agencia (ANEXO 5) formando parte de un proyecto global en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). La responsabilidad social de la Agencia va más allá del cumplimiento legislativo, ya que en los procesos de toma de decisiones se incorpora el impacto de sus acciones, servicios y resultados en la ciudadanía, el medio ambiente y su personal. Además, la responsabilidad social se integra de manera transversal en todas las actuaciones realizadas, desde los procedimientos de inspección a las acciones de concienciación, impulsando una gestión comprometida con la sociedad tanto en un plano externo como interno. De hecho, el 70% de las más de 100 medidas recogidas en el proyecto de Responsabilidad Social son compromisos con la sociedad.
Hay que resaltar además que el término «violencia digital» se introdujo a propuesta de la AEPD en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Esta norma dedica un artículo específico (el 52) a la AEPD señalando que garantizará la disponibilidad de un canal accesible y seguro de denuncia de la existencia de contenidos ilícitos en Internet que comportaran un menoscabo grave del derecho a la protección de datos personales, como el Canal prioritario.
El conocimiento y uso del Canal prioritario ha ido en aumento en desde su lanzamiento: En 2022 la Agencia realizó 51 intervenciones de urgencia, adoptando medidas provisionales para salvaguardar el derecho fundamental a la protección de los datos personales de los afectados (31 en 2021; 29 en 2020; 18 en 2019). Hay que recordar que la efectividad en la retirada urgente de ese tipo de contenidos sensibles ronda el 90%.
Otros datos de evaluación de las medidas puestas en marcha para la protección de la infancia y la adolescencia en 2022 son los más de 81.000 accesos al espacio de Educación y menores o los 61.238 accesos a la web del Canal prioritario. A ello se suma el impacto en la ciudadanía de los consejos recogidos en la iniciativa Más que un móvil y La guía que no viene con el móvil, que alcanzaron más de 300 millones de impactos gracias a la difusión gratuita realizada por los colaboradores. En la comunicación directa con los actores implicados en el ecosistema de los y las menores, hay que destacar las 2.368 consultas al Canal joven, un 32,4% de aumento con respecto a 2021. De ellas, un 32% son realizadas por los progenitores y un 27% por los centros de Educación Infantil y Primaria.
La AEPD busca asegurar el respeto a la legislación vigente para luchar contra la violencia digital mediante la adopción de todas las medidas requeridas que estén dentro de sus competencias, creando con medios propios las vías necesarias para poner a disposición de la ciudadanía herramientas útiles, efectivas y eficaces.
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